Estructura de pensamiento

Adner Valle

Propiedad intelectual · autoría · tecnología

Lectura editorial

El traje que no termina de ajustarse: reforma y desfase en la propiedad industrial

Hay una sensación extraña al analizar la reciente reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Es como usar ropa heredada por tus hermanos mayores: te abriga, cumple su función básica, pero nunca termina de ajustarse a tu medida actual. Llevamos seis años navegando con un reglamento heredado, un desfase normativo que resuena en cada rincón del sistema de propiedad intelectual en México. En lugar de dotar a la ley de su propio andamiaje operativo y responder a las realidades contemporáneas, se optó por seguir ajustando el traje de manera superficial.

Si miramos esta reforma a la luz del TMEC, la decepción es evidente. Se aproxima una revisión crucial del tratado y cabría esperar que los cambios legislativos atendieran los puntos neurálgicos que nuestros socios comerciales observan con lupa. Lejos de fortalecer nuestra posición negociadora, la reforma elude los temas más sensibles. Nos quedamos en la periferia, modificando plazos y creando nuevas instancias, cuando el sistema requería una revisión estructural que lo alineara de manera real con los estándares de protección y observancia internacionales.

Existen, desde luego, algunos destellos de "intención" positiva. La incorporación de la solicitud provisional de patente, el impulso a la tramitación por medios electrónicos y ciertas simplificaciones procesales apuntan hacia una modernización necesaria. Sin embargo, estas medidas chocan de frente con la realidad operativa.

La reforma impone términos estrictos, como un año como plazo máximo para resolver sobre el otorgamiento o negativa de patentes una vez iniciado el examen de fondo, y cinco meses para resolver solicitudes de registro de marca sin requerimientos.

El problema no es aspirar a procedimientos más ágiles, sino ignorar las condiciones materiales en las que deben ejecutarse. ¿Cuenta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con la capacidad humana, técnica y presupuestal para sostener estos plazos sin sacrificar calidad? Forzar velocidad en un entorno limitado es una fórmula predecible: resoluciones más rápidas, pero potencialmente menos sólidas.

A ello se suma la creación de figuras de cuestionable prioridad, como el nuevo Comité Técnico Especializado para el procedimiento de emisión de resolución obligatoria. Más que una solución estructural, parece un mecanismo de presión interna, un órgano diseñado para acelerar resoluciones mediante supervisión y posibles responsabilidades administrativas. La pregunta es inevitable: ¿era necesario añadir otra capa burocrática o era preferible fortalecer directamente la capacidad sustantiva del Instituto? El riesgo es claro: multiplicar estructuras sin resolver el problema de fondo.

El resultado es una reforma con un balance que deja un sabor agridulce. Tenemos una ley modificada que durante seis años careció de su propio reglamento, que prometía celeridad a costa de la certeza jurídica y que, frente al TMEC, dejó la impresión de una oportunidad desaprovechada. El 28 de abril de 2026 el Diario Oficial de la Federación publicó finalmente el Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El traje, al menos en su dimensión reglamentaria, tiene ya su medida. Queda por ver si la costura resiste.